LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA COMO SÍMBOLO INTEGRADOR EN EL ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO Y LA CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANÍA
Prof. Dr. Dr. h. c. mult. Sergio J. Cuarezma Terán
Rector
Instituto de Estudio e Investigación Jurídica (INEJ)
República de Nicaragua
Hablar del valor de la Constitución política, en el marco del bicentenario del Congreso Anfictiónico de Panamá, va más allá de repasar una categoría jurídica que ya conocemos. En el fondo, nos obliga a preguntarnos algo que en buena parte de nuestra región sigue sin respuesta: ¿hemos construido realmente una comunidad política organizada sobre la base de la ciudadanía, la igualdad, la libertad, la justicia y el compromiso común con el futuro?
No pretendo hablar de una Constitución en particular ni hacer un examen de coyuntura sobre un país determinado. Prefiero abordar la Constitución política en sentido amplio, como un problema regional y un desafío histórico que sigue abierto. Porque en América Latina, y sobre todo en Centroamérica, la Constitución todavía es, con demasiada frecuencia, un texto solemne que nunca terminó de volverse pacto vivido, una norma superior que no llegó a ser cultura común, y una declaración de derechos lejana de la vida real de millones de personas.
Una Constitución política es, desde luego, un documento jurídico, y también algo más que un conjunto de artículos repartidos entre una parte dogmática y una parte orgánica. Cumple, claro está, esas funciones: reconoce derechos, libertades y garantías; organiza el poder público; establece competencias; limita la autoridad; regula la relación entre el Estado y las personas. Pero reducirla a eso es quedarse en la superficie. Su verdadero alcance está en otra parte: en ser el espacio donde una sociedad decide mirarse a sí misma, reconocerse en su diversidad y acordar las reglas fundamentales de su convivencia.
En ese sentido, la Constitución es una casa común: el lugar político y jurídico donde una nación se reúne para decir quiénes somos, cómo queremos vivir, qué límites tendrá el poder, qué derechos no pueden sacrificarse, qué instituciones necesitamos y hacia dónde queremos caminar en el corto, mediano y largo plazo. Una Constitución auténticamente democrática no pertenece a un partido, a una élite económica, a una corporación profesional, a una secta, a una mayoría circunstancial ni a una cúpula religiosa, sindical o empresarial. Si quiere ser legítima, tiene que ser de todos y para todos.
Esta idea no es nueva. La historia del constitucionalismo muestra que los grandes textos de libertad nacieron como respuesta a la concentración del poder. La Carta Magna inglesa, el Bill of Rights, la Declaración de Virginia y la Declaración francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano expresaron, cada una en su momento, la misma intuición política: el poder no puede estar por encima del derecho, la autoridad debe tener límites, la libertad necesita garantías, y la comunidad política debe organizarse sobre reglas que eviten la arbitrariedad.
Sin embargo, nuestra experiencia regional tuvo una particularidad dolorosa. La independencia política de muchos de nuestros países no siempre vino acompañada de una verdadera fundación ciudadana. En Centroamérica, por ejemplo, la ruptura con España no produjo de inmediato un Estado socialmente articulado, una ciudadanía robusta ni una nación integrada por derechos, deberes y oportunidades compartidas. En buena medida, hubo una transferencia del poder político, pero no necesariamente una transformación profunda de la estructura social. Se proclamó la independencia, pero no siempre se construyó el ciudadano; se cambió el mando, pero persistieron las viejas jerarquías. La puerta de la soberanía formal se abrió, pero la tarea histórica de construir una comunidad política genuinamente incluyente quedó inconclusa.
Esa es una de nuestras grandes deudas. Tener Estado no basta si no se construye Estado. Tener territorio no basta si no se construye nación. Tener Constitución tampoco basta: hay que construir sentimiento constitucional. Una Constitución solo adquiere verdadera fuerza cuando la población la reconoce como suya, cuando deja de sentirla como algo impuesto desde arriba y empieza a vivirla como el pacto que protege su dignidad, su libertad, su seguridad y sus posibilidades de vida.
Desde esa perspectiva, el valor de la Constitución política está en su capacidad de integrar. Una Constitución vale por lo que logra convertirse en referencia común, por su presencia en las escuelas, en los tribunales, en los municipios, en las comunidades rurales, en las instituciones públicas y en la vida cotidiana de las personas, y no únicamente por las veces que se invoca en los discursos oficiales. Vale, sobre todo, cuando el ciudadano común siente que sus derechos son una garantía exigible y no una promesa lejana.
En el Estado social y democrático de derecho, esta afirmación cobra una importancia mayor. El Estado democrático no se limita a reconocer libertades formales; debe crear condiciones reales para que esas libertades puedan ejercerse. La igualdad ante la ley es indispensable, pero insuficiente si se convive con desigualdades estructurales que condenan a amplios sectores de la población a la exclusión. La libertad de expresión es esencial, pero pierde densidad democrática cuando una persona no tiene educación, acceso a información, conectividad, seguridad o condiciones materiales mínimas para participar en la vida pública. El derecho al trabajo, a la educación, a la salud, a la seguridad social, a la justicia y a la participación no puede verse como un adorno retórico. Son elementos centrales de la dignidad humana.
Por eso, la Constitución de un Estado social y democrático de derecho debe ser al mismo tiempo límite del poder y programa de transformación. Límite, porque ninguna autoridad puede actuar fuera de ella. Programa, porque la Constitución debe orientar las políticas públicas que hagan posible una sociedad más justa y humana. Una Constitución que solo organiza el poder, pero ignora las condiciones reales de la vida, queda incompleta. Y una Constitución que proclama derechos sin construir instituciones capaces de garantizarlos termina siendo una promesa que nadie cobra.
En nuestra región, además, la Constitución tiene que enfrentar una realidad histórica compleja: sociedades fragmentadas, centralizadas, desiguales y, en muchos territorios, atravesadas por relaciones sociales que todavía conservan rasgos premodernos. Fuera de las capitales, muchas comunidades siguen experimentando formas de dependencia económica, subordinación social y exclusión institucional que recuerdan estructuras de poder más cercanas al viejo orden patrimonial que al Estado constitucional contemporáneo. Donde el ciudadano depende del favor, de la protección informal, del intermediario político, del poder económico local o de la autoridad discrecional, la Constitución todavía no ha llegado plenamente.
De ahí que el problema constitucional no sea solo jurídico. Es también político, social, económico y cultural. La Constitución debe servir para romper la lógica del privilegio y reemplazarla por la lógica de la ciudadanía: debe impedir que el Estado sea apropiado por familias, grupos, partidos o corporaciones, y debe abrir las instituciones a la competencia, al mérito, a la transparencia y al control democrático. Nadie puede ser excluido por su origen, su condición económica, su territorio, su pensamiento, su género, su cultura o su nacionalidad, salvo las limitaciones estrictamente razonables que exige el interés público.
Una Constitución democrática no puede convertirse en un muro de cierre corporativo ni en una herramienta para aislar a la sociedad del conocimiento, la movilidad profesional o la cooperación regional. En un mundo interdependiente, los Estados necesitan proteger sus intereses legítimos, pero también abrirse a la circulación del talento, del conocimiento, de la ciencia, de la tecnología y de las mejores prácticas. El nacionalismo jurídico cerrado, cuando se convierte en excusa para bloquear capacidades, empobrece a las instituciones y limita el desarrollo. La Constitución debe proteger la soberanía, sí, pero una soberanía inteligente, abierta, cooperativa y comprometida con el interés general.
Y todo esto ocurre, además, en un momento histórico en el que todavía tenemos algunas tareas básicas pendientes: construir plenamente la nación, consolidar una sociedad realmente organizada sobre pilares de ciudadanía y hacer funcionar al Estado no como una promesa formal, sino como una realidad efectiva al servicio de las personas. Y a esa tarea, ya de por sí enorme, nos toca sumar la transición de la Cuarta a la Quinta Revolución Industrial. La inteligencia artificial, la automatización, la digitalización, la robótica, el análisis masivo de datos y las nuevas formas de organización del conocimiento están transformando el trabajo, la educación, la economía, la administración pública, la justicia y la vida social. La pregunta constitucional de fondo se vuelve entonces inevitable: ¿quién controla esas transformaciones y a quién benefician?, ¿qué derechos protegen y qué desigualdades pueden profundizar?, ¿qué instituciones necesitamos para que la tecnología esté al servicio de la persona, y no la persona al servicio de la tecnología? Y detrás de todo ello sigue pendiente la pregunta sobre los intereses de las grandes hegemonías que están construyendo este nuevo mundo supranacional sobre la base del poder tecnológico.
La Quinta Revolución Industrial trae consigo una preocupación especialmente importante: volver a colocar al ser humano en el centro. La eficiencia, la productividad y la automatización no desaparecen como objetivos, pero quedan subordinadas a algo más exigente: la sostenibilidad, la resiliencia, la dignidad, el bienestar real y la inclusión. Y aquí la Constitución vuelve a ser decisiva. Necesitamos constituciones capaces de orientar el desarrollo tecnológico conforme a principios democráticos: protección de datos personales, transparencia algorítmica, debido proceso frente a decisiones automatizadas, acceso equitativo a la conectividad, educación digital, protección del trabajo, seguridad jurídica e igualdad de oportunidades.
Una sociedad sin Constitución viva puede quedar indefensa frente al poder político, pero también frente al poder económico, tecnológico y corporativo. En el siglo XXI, el constitucionalismo no solo debe limitar al gobernante tradicional; también tiene que limitar nuevas formas de dominación: la concentración de datos, la manipulación informativa, la exclusión digital, la vigilancia indebida, la precarización laboral y la sustitución del razonamiento humano por decisiones opacas tomadas por sistemas que nadie controla democráticamente.
El valor de la Constitución política no ha perdido actualidad. No es una pieza de museo: es una herramienta de futuro. Debe permitirnos preguntarnos qué tipo de Estado queremos, qué modelo de desarrollo necesitamos, qué ciudadanía debemos formar, qué economía queremos promover, qué papel tendrán la educación y la ciencia, cómo se protegerán los derechos y cómo se organizará el poder para que nunca vuelva a colocarse por encima de las personas.
Una Constitución hecha entre pocos termina sirviendo a pocos. Una Constitución hecha desde el miedo termina administrando el miedo. Una Constitución hecha desde la exclusión termina reproduciendo exclusiones. Pero una Constitución construida desde el diálogo, la pluralidad, la participación y la responsabilidad histórica puede convertirse en un verdadero pacto de integración nacional. El valor de un proceso constituyente no está en negarlo, sino en reconocer que su legitimidad depende de la amplitud del diálogo y de la capacidad de construir acuerdos que trasciendan el momento. Una Constitución no debe nacer del impulso circunstancial ni de la confrontación entre sectores; debe nacer de la disposición a convocar a la pluralidad nacional y a proyectar una visión compartida de Estado, sociedad y ciudadanía.
La Constitución debe ser el punto de encuentro de quienes piensan distinto, no el botín de quienes vencen temporalmente. Debe ser el lenguaje común de una sociedad plural, no la escritura privada de un grupo de poder. La democracia vive del pluralismo y el conflicto es parte de ella; pero la Constitución debe impedir que ese conflicto destruya la convivencia. Su función no es eliminar las diferencias, sino darles cauce institucional, convertirlas en deliberación pública y someterlas a reglas de respeto, justicia y derecho.
Al final, el valor de la Constitución política en un Estado social y democrático de derecho consiste en que nos permite pasar de la fuerza al derecho, del privilegio a la ciudadanía, del mando personal a la institución, de la exclusión a la integración y del presente improvisado a una visión compartida de futuro. Una Constitución profundamente democrática organiza el poder, pero también organiza la esperanza colectiva. Distribuye competencias, pero sobre todo distribuye dignidad. Reconoce derechos, y al hacerlo funda una comunidad de personas libres e iguales.
Nuestra región necesita recuperar esa comprensión profunda de la Constitución, y dejar de verla como un trámite reservado a juristas o como una pieza de negociación entre élites: verla, más bien, como el gran pacto civilizatorio de la convivencia política. Cuando la Constitución se siente como propia, el ciudadano deja de ser súbdito. Cuando limita efectivamente el poder, la libertad deja de ser una concesión, y cuando integra a todos, la nación deja de ser discurso para convertirse en comunidad.
Ese es, a mi juicio, el verdadero valor de la Constitución política: ser el lugar donde una sociedad se reconoce, se ordena, se limita, se protege y se proyecta hacia el futuro. Y esa tarea, en América Latina y Centroamérica, sigue abierta.